Asiain - Crecimiento Económico
En esta página encontrarán las Impugnaciones (del Dr. Asiain y Dr. Fabris) al Dictamen del concurso de regularización del cargo de Profesor Adjunto de la Crecimiento Económico que posee actualmente el Dr. Asiain.
I.
OBJETO
II.
FUNDAMENTOS
II.1.
Adulteraciones y omisiones utilizadas para
justificar mi desplazamiento
II.2
Indicios
y antecedentes de los motivos políticos e ideológicos detrás del dictamen del
jurado
II.3
Afinidad
política y vínculos laborales entre López (jurado) y Trupkin (aspirante)
IMPUGNACION DICTAMEN
DEL JURADO (CONCURSO CARGO PROFESOR ADJUNTO DEDICACIÓN PARCIAL. MATERIA CRECIMIENTO
ECONÓMICO, Jurado por Resolución (C.S.) N° 5141/16 y llamado por Resolución
(CS) N° 3442/15.)
Buenos
Aires, 10 de julio de 2018
Sr. Decano
De la Facultad de Ciencias Económicas
Universidad de Buenos Aires,
Dr. Ricardo Pahlen Acuña
S
/ D
Ref: Expediente 0038787/2015
Por medio de la presente, quien
suscribe Andrés Pablo Asiain, DNI Nº 27.087.129, por derecho propio, con
domicilio real en la calle Av. Saenz 333, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
el marco del concurso para la provisión de un cargo de Profesor Adjunto con
dedicación parcial de carácter Regular, de la Materia Crecimiento Económico,
sustanciado mediante Exp-UBA Nº 0038787/2015 (en adelante, “CONCURSO”), me
presento ante el Señor DECANO y digo:
I.
OBJETO
Vengo a impugnar el
dictamen emitido por el Jurado actuante en el concurso arriba identificado -que
me fuera notificado el día 10 de julio de 2018 (Nota Nro. C.76.401) en el plazo
y forma previstos en el Art. 39 del ‘Reglamento para la provisión de cargos de
Profesores Regulares Titulares, Asociados y Adjuntos’ (de aquí en adelante,
“REGLAMENTO”) aprobado por Resolución CS Nº 1922/03 y sus modificatorias, por
cuanto tal dictamen adolece de graves defectos de forma y de procedimiento que lo tornan manifiestamente arbitrario,
causándome gravamen.
En este sentido, el Dictamen no puede aceptarse, debe impugnarse y
modificarse el orden de mérito.
La decisión del jurado de designar
a Danilo Trupkin como Profesor regular adjunto de Crecimiento Económico me
causa gravamen, ya que me desplaza del cargo de Profesor Adjunto
Interino que vengo ejerciendo desde abril de 2008, violando el proceso
establecido por el artículo 73 del Convenio Colectivo para Docentes de las
Instituciones Universitarias Nacionales del 1 de julio de 2015, el cual
establece que “las Instituciones Universitarias Nacionales, a través de la
Comisión Negociadora de Nivel Particular, dispondrán los mecanismos para la
incorporación a carrera docente de los docentes que revistan como interinos, y
que a la firma del presente convenio tengan cinco años o más de antigüedad en
tal condición, en vacantes definitivas de la planta estable. Hasta tanto se
resuelva la situación de los mismos, no se podrá modificar en detrimento del
docente, la situación de revista y/o condiciones de trabajo, por acción u
omisión, a excepción del caso del docente que se encuentre comprendido dentro
de las causales de cesantía o exoneración”. Razón por la que ya había formulado
expresa reserva de ejercer mis derechos laborales a mérito de la norma
mencionada, en la nota del 24 de octubre de 2016 que consta en el expediente
0038787/15.
El dictamen adolece de graves defectos de forma y de procedimiento no
sólo por la mencionada violación de mis derechos laborales. Sino también por apartarse
de las formas y procedimientos establecidos por el reglamento para la provisión
de cargos de profesores regulares titulares, asociados y adjuntos (aprobado por
C.S. Nro.1922/03 y modificatorias, T.O. resolución C.S. Nro. 4362/12, en
adelante, “REGLAMENTO”) al presentar adulteraciones y omisiones en los
antecedentes, la prueba oral y la entrevista sobre los que el jurado basa su dictamen
y que serán abordados en detalle más adelante.
También entiendo que los defectos de forma y de procedimiento señalados
no fueron el resultado de errores del jurado, sino fruto de la necesidad de
ficcionar argumentos académicos para justificar el objetivo real: expulsarme de la Facultad de Ciencias
Económicas de la Universidad de Buenos Aires por motivos de mis ideas políticas
y de mi visión sobre los contenidos que deben brindarse en la carrera. Una
persecución por motivos políticos e ideológicos que recuerda a los tiempos más
oscuros de nuestro país y de nuestra universidad y que, lamentablemente,
algunos sectores de la Facultad intentan restablecer en plena democracia del
siglo XXI. Los indicios y antecedentes en que me fundo para sospechar tan
penosa situación también los desarrollaré en detalle más adelante.
Manifiesto que la decisión del
jurado de designar a Danilo Trupkin como Profesor regular adjunto de
Crecimiento Económico se basa en la vinculación política y laboral de Trupkin
con miembros del jurado, específicamente con el doctor Andrés López, tal como
desarrollaré más adelante.
II.
FUNDAMENTOS
II.1.
Adulteraciones y omisiones utilizadas para
justificar mi desplazamiento
La decisión del jurado de designar a Danilo Trupkin como Profesor
regular adjunto de Crecimiento Económico, se basa en una serie de
adulteraciones y omisiones en los antecedentes, la prueba oral y la entrevista
que se presenta en el DICTAMEN), con la manifiesta intencionalidad de favorecer
al mencionado y perjudicar a mi persona. Las mismas serán detalladas a
continuación.
-
Antecedentes:
En materia
de docencia, se omite mi antecedente de Jefe de trabajos prácticos en Dinero,
Créditos y Bancos de la FCE-UBA (Diciembre
2007 – Marzo 2009) que figura en la “solicitud de inscripción al
concurso” que forma parte del expediente 0038787/2015 (en adelante “SOLICITUD”),
indicándose sólo mi participación como ayudante en tal materia. Mientras que se
destaca que Trupkin ocupa el cargo de “profesor adjunto interino de economía
internacional en la UBA y la UCA”, el cargo que ocupo como profesor adjunto de
Macroeconomía en la UNDAV es señalado como “profesor de grado en la Universidad
Nacional de Avellaneda”, intentando desmerecer mi labor docente en una materia
que tiene nexos más cercanos con la asignatura Crecimiento Económico.
Se señala
que Trupkin ha “publicado trabajos en revistas con referato de primer nivel
internacional en temas de macroeconomía, comercio y crecimiento, así como
documentos de trabajo en las mismas temáticas”, mientras que me atribuyen haber
“publicado trabajos en revistas académicas con y sin referatos, así como libros
y capítulos de libros sobre temas diversos”. De nuevo la forma de exponer los
antecedentes esconde que mientras ambos publicamos en “revistas con referato de
primer nivel internacional” (ver ANEXO I “Indización de algunas revistas en que
tengo publicaciones”) y “documentos de trabajo”, adicionalmente tengo 2 libros
y 6 capítulos de libros publicados (ver SOLICITUD), mientras que Trupkin no
presenta ese tipo de publicaciones.
Mientras se
menciona que Trupkin “ha recibido diversas becas y premios, a nivel nacional e
internacional”, se omite que obtuve dos becas de postgrado del CONICET, además
de otras en diversos centros de estudios que están mencionadas en mi SOLICITUD.
Se señala
como “numerosos” los trabajos presentados por Trupkin en reuniones científicas
nacionales e internacionales de los que el mencionado no presenta información,
ya que menciona eventos a los que asistió como expositor, sin dar detalles de
ninguna publicación académica en los mismos. En contraste, no se presentar
dicho adjetivo ante mis 15 publicaciones en ese tipo de eventos, 31 veces que
participé como expositor, y otras que me tuvieron como organizador y moderador
de dicho tipo de encuentros científicos.
Mientras se
señala que Trupkin “ha sido evaluador de diversas publicaciones académicas
internacionales”, se omite que he sido evaluador de publicaciones académicas
nacionales, e internacionales y que conformo el comité asesor de una
publicación académica nacional, tal como figuran en mi SOLICITUD y la Actualización
de antecedentes que también figura en el expediente.
Se omite que
conformo el comité académico de un posgrado en la UNDAV que figura en la
actualización de mi SOLICITUD.
Se omite que
Trupkin no desarrolla en su solicitud de inscripción ni en la entrevista “la
importancia relativa y ubicación de su área en el currículo de la carrera”,
menciona generalidades sin desarrollar “sus puntos de vista sobre temas básicos
de su campo de conocimiento que deben transferirse a los alumnos”, plasmando un
“PLAN DE LABOR DOCENTE” incompleto respecto a lo requerido por el punto K de la
SOLICITUD, de tan sólo 4 párrafos que no llegan a completar media carilla,
hecho que demuestra falta de
conocimiento sobre el área. Sin embargo, el jurado lo juzga “satisfactorio”,
misma calificación que recibió mi plan de labor de 14 carillas que consta de un
profundo desarrollo del mismo.
Como muestra
gráfica de la diferencia de antecedentes entre mi persona y Trupkin, señalo que
mientras mi solicitud está compuesta de 44 carillas, la de Trupkin sólo consta
de 13.
-
Prueba oral:
En la prueba
oral se menciona que ambos utilizamos una presentación de power point, sin mencionar que yo utilicé también el pizarrón (no
así Trupkin), tal como reafirma el informe del veedor gremial
(CUDAP:TRI-UBA:0063759/2018). Recuerdo que la “forma de utilización de los
medios pedagógicos con los que se auxilió en su exposición” forma parte de las
pautas de evaluación que deben utilizar los jurados de acuerdo al Reglamento
específico de la FCE-UBA.
Se señala
que no expuse el tema “fuentes del crecimiento”, cuando el mismo formó parte de
mi exposición tal como puede apreciarse en las filminas que anexo (ANEXO II LAS
FUENTES DEL CRECIMIENTO EN MI EXPOSICIÓN y en el informe del veedor gremial
(CUDAP:TRI-UBA:0063759/2018). Recuerdo que las “fuentes del crecimiento”,
también conocida como “contabilidad del crecimiento”, trata sobre el desempeño
empírico del modelo neoclásico, descomponiendo el mismo entre la parte del
crecimiento que logra ser explicada por la acumulación de capital (a veces,
dividido entre capital físico y humano) y el incremento de la fuerza de
trabajo, del crecimiento que no puede ser explicado por la acumulación de esos
factores que pasa a denominarse como productividad total de los factores, residuo
tecnológico o de Solow. El escaso poder
explicativo empírico del crecimiento a partir de la acumulación de capital y de
trabajo fue desarrollado en mi exposición para entender la incorporación del
capital humano a la función de producción, así como la transición desde los
modelos de crecimiento neoclásicos a los de crecimiento endógeno. El mismo
jurado lo señala al indicar que contrasté “las predicciones del modelo
neoclásico contra la evidencia empírica e hizo muy fuerte hincapié en las
limitaciones de dicho modelo a la hora de explicar el desempeño de los países.
Relacionó dichas limitaciones con algunos de los supuestos del modelo y
describió como la literatura neoclásica fue abordando esas limitaciones...”.
Difícilmente podría haber realizado esa tarea sin exponer las “fuentes de
crecimiento”, tema que forma parte de los contenidos que doy cuatrimestre a
cuatrimestre por más de 10 años que llevo como profesor adjunto de la materia
(ver anexo III PROGRAMA DEL CURSO DE CRECIMIENTO ECONÓMICO DEL QUE SOY
PROFESOR), por lo que carecería de sentido no haberlo expuesto tal como se
afirma en la RESOLUCIÓN.
Omite que
Trupkin no cumplió con la duración de la exposición (ver informe del veedor
gremial CUDAP:TRI-UBA:0063759/2018), incumpliendo con otra de las pautas de
evaluación que deben utilizar los jurados de acuerdo al Reglamento específico
de la FCE-UBA.
-
Entrevista:
En la
entrevista señalé “la necesidad de agregar temas al programa de la materia,
tales como el de crecimiento restringido por el balance de pagos”, cumpliendo
con lo establecido por el reglamento para las entrevistas donde se señala que
“En la entrevista el jurado ponderará... ... la opinión del concursado sobre el
programa de la materia que concursa y de las reformas o innovaciones que
propone” (anexo 7, Exp-n°25.288/02). En contraste, no hace mención alguna a que
Trupkin haya formulado opinión al respecto, constituyendo una falta de su
parte, o bien del jurado que no le habría consultado su opinión violando lo
establecido por el reglamento. Hago hincapié en este punto porque mis
posiciones públicas a favor de una reforma de los planes de estudio de la
carrera de economía de la FCE-UBA, sugiriendo una visión pluralista y con base
en las problemáticas de la economía argentina, forman parte de las causas
ideológicas por las que el jurado busca desplazarme de mi cargo, tal como
desarrollaré más adelante.
II.2
Indicios
y antecedentes de los motivos políticos e ideológicos detrás del dictamen del
jurado
Los defectos de forma y de procedimiento señalados anteriormente
difícilmente puedan ser atribuidos a errores del jurado. Por el contrario, parecen
ser fruto de la necesidad de ficcionar elementos académicos para fundamentar
una decisión tomada por motivos ajenos a ese ámbito. A continuación
desarrollaré los antecedentes e indicios que me llevan a sostener que los
verdaderos fundamentos de la decisión del jurado es su intención de expulsarme de la Facultad de Ciencias
Económicas de la Universidad de Buenos Aires por motivos de mis ideas políticas
y de mi visión plural sobre los contenidos que deben brindarse en la carrera.
Antecedentes de concursos manipulados:
En los últimos años ha habido varios casos de concursos cuyo resultado no
fue consecuencia de la evaluación de los elementos académicos que establece el
REGLAMENTO. Son algunos ejemplos de ello, el caso del profesor Javier Rodríguez
en la materia MICROECONOMÍA 1 (concurso de renovación para proveer un cargo de
profesor regular adjunto, de dedicación parcial, en la asignatura MICROECONOMIA
I, Exp-UBA No 0060617/13), el profesor Julio Fabris en la materia Desarrollo
Económico (concurso cargo profesor adjunto dedicación exclusiva, materia DESARROLLO
ECONÓMICO, Exp-UBA No 76632/2014), el profesor Juan Graña en la materia CUENTAS
NACIONALES (concurso para la provisión de un cargo de Profesor Adjunto con
dedicación parcial de carácter Regular, de la Materia Cuentas Nacionales, Exp-UBA
No 20241/2013), el caso de la cátedra de Economía del CBC del profesor Pablo
Fucci (concurso de renovación de dos cargos de Profesor Asociado con dedicación
semiexclusiva de carácter Regular Materia Economía, Exp-UBA No 0019487/2012) o
el caso del profesor Jorge Marchini en Economía del CBC (concurso para proveer
2 cargos de profesor regular titular, con dedicación semiexclusiva, en el área
Economía, Exp-UBA No 24.794/2012).
Señalo que en 3 de los casos mencionados, formaba parte del jurado el
doctor Andrés Flavio López, Director del Departamento Pedagógico de Economía,
que también formó parte del jurado del concurso del curso de crecimiento en que
me desempeño como profesor y que me encuentro impugnando. Las motivaciones
detrás de los fallos de los casos mencionados están sospechadas de ser
políticas e ideológicas, favoreciendo con su resultado a aspirantes “cercanos”
a la gestión tal como fue señalado en medios públicos nacionales (ver ANEXO IV
ANTECEDENTES CONCURSOS MANIPULADOS POR MOTIVOS POLÍTICOS E IDEOLÓGICOS).
Antecedentes de persecución política e
ideológica hacia mi persona:
Las sospechas sobre motivaciones políticas e ideológicas detrás del fallo
del jurado en el CONCURSO, se fundan en antecedentes de intentos de entorpecer
mi labor docente y desplazarme del cargo por similares motivos. Al respecto, el
antecedente más cercano fue mi apartamiento por como profesor de Crecimiento
Económico de la FCE-UBA en el segundo cuatrimestre de 2014, orquestado por la
militante del PRO y actual funcionaria en distintos ámbitos de gobierno bajo
gestión Cambiemos, María Fernanda Inza, quien entonces ostentaba el cargo de
subsecretaria académica de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad
de Buenos Aires (UBA). Los motivos de mi apartamiento fueron mis públicas
posiciones políticas, tal como fuera señalado por el sindicato, las
organizaciones estudiantiles y por mi ante el INADI (LEGAJO: ACTU-S04: 84550/14).
La difusión pública en medios masivos de comunicación nacionales e
internacionales, los cientos de firmas juntadas, las manifestaciones públicas
de estudiantes, el apoyo del Sindicato, la solidaridad de grandes
personalidades y la presión del INADI, permitieron el restablecimiento de mi
curso al cuatrimestre siguiente (ver ANEXO V ANTECEDENTES DE PERSECUCIÓN
POLÍTICA E IDEOLÓGICA HACIA MI PERSONA)
Un jurado sospechoso previamente recusado
El jurado designado por
Resolución (C.S.) N° 5141/16 para el concurso
de la materia CRECIMIENTO ECONÓMICO, tiene la particularidad de que ninguno de
los miembros que lo conforma (tres titulares y tres suplentes) es profesor de
dicha asignatura. El hecho de que ningún profesor de CRECIMIENTO ECONÓMICO
integre el jurado de un concurso sobre dicha materia es altamente sospechoso,
mucho más cuando los requisitos para integrar el jurado según el artículo 18
del REGLAMENTO son simplemente “ser o haber sido profesores de esta u otras
Universidades del país o del extranjero, con categoría docente igual o superior
a la del cargo que se concursa”. Tal vez la razón se deba a que no encontraron
ningún profesor de CRECIMIENTO ECONÓMICO que se prestara a avalar la
manipulación del concurso que se tenía previamente planeada, debiendo recurrir
a profesores “amigos” de otras áreas.
Mis sospecha sobre la falta de imparcialidad del jurado designado por
Resolución (C.S.) N° 5141/16 fue previa a conocer su fallo. Así lo consta mi recusación
al mismo en la nota del 13 de septiembre de 2016 amparada en el artículo 21 Y
22 del REGLAMENTO, que forma parte del expediente del CONCURSO (Nº Exp.:
0038787/15). La respuesta del jurado recusado fue realizada fuera de los
términos de tiempo establecidos en el artículo 21 del REGLAMENTO, tal como lo
señale en la nota del 13 de septiembre de 2016 que también forma parte del
expediente del CONCURSO. Sin embargo, el Consejo Superior no hizo lugar a mi
recusación, ni a la violación de los términos temporales realizada por los
miembros del jurado. Ante esa situación, presenté un recurso de reconsideración
en mayo de 2017, que también conforma el expediente del CONCURSO.
Lamentablemente, mis advertencias fueron desoídas por las autoridades de la
FCE-UBA y por el Consejo Superior.
Andrés Flavio López, ¿un super economista o un “arreglador” de concursos?
El doctor Andrés Flavio López, tiene el particular mérito de conformar el
46% de los jurados sobre los 52 concursos del área de economía de la FCE-UBA que
se encontraban abiertos en marzo/abril del presente año en las más diversas
materias (ver ANEXO VI ANDRÉS LÓPEZ CONFORMÓ EL 46% DE LO JURADOS). Semejante
versatilidad podría indicar que nos encontramos ante un super economista que
tiene los más amplios conocimientos de todas las áreas del pensamiento
económico al punto de ser tan masivamente convocado a conformar jurados de
diversas materias de la carrera de economía. O tal vez, a un individuo que a
partir de su lugar institucional como Director del Departamento Pedagógico de Economía
que es ámbito desde donde se elevan las propuestas de jurado ante el Consejo
Directivo (del que es miembro en licencia), se auto propone para integrarlos con
la finalidad de influir sobre los resultados de los mismos favoreciendo a
candidatos cercanos a su gestión, y desplazando a los docentes críticos. Esta
segunda posibilidad parece ser la más verosímil por su comportamiento en
algunos casos que salieron a la luz, como los ya mencionados de Javier Rodríguez,
Pablo Fucci y Julio Fabris, o el CONCURSO que me tiene a mí como su víctima.
Mis posiciones políticas e ideológicas
públicas y las de Andrés Flavio López
Mis posiciones políticas de oposición a la orientación neoliberal del
gobierno de Cambiemos, mi visión heterodoxa en términos económicos y mi
pensamiento sobre la necesidad de un cambio en los planes de estudios de la
carrera son de público conocimiento. Mi habitual intervención en medios masivos
de comunicación, mi activa vida política y profesional en el ámbito nacional,
así como mi larga militancia por una enseñanza de la economía pluralista con
anclaje en la realidad argentina en los ámbitos académicos donde me desempeño, me
han convertido en una persona cuya posición política e ideológica son de
público conocimiento (ver ANEXO VII MI PERFIL POLÍTICO E IDEOLÓGICO PÚBLICO).
Claramente, mis públicas posiciones políticas e ideológicas confrontan
con las del doctor Andrés Flavio López, que integra el grupo de intelectuales
afines al gobierno de Mauricio Macri denominado “Consejo Presidencial Argentina
2030” dependiente de la jefatura de Gabinete de la Nación (ver ANEXO VIII
PERFIL POLÍTICO E IDEOLÓGICO DEL DR. ANDRÉS LÓPEZ). Mis críticas públicas a la
orientación de la carrera de economía de la FCE-UBA, tienen como un claro
receptor a Andrés Flavio López, ya que ocupa el rol institucional de Director
del Departamento Pedagógico de Economía
de dicha institución, un lugar de clara influencia sobre la orientación de la
carrera.
II.3
Afinidad
política y vínculos laborales entre López (jurado) y Trupkin (aspirante)
El aspirante Danilo Trupkin que fuera propuesto como Profesor regular
adjunto de Crecimiento Económico en el CONCURSO, comparte espacios laborales
con el jurado Andrés López, como el IIEP-BAIRES donde ambos se desempeñan como
investigadores (al igual que el aspirante Ariel Coremberg), además de compartir
la tarea de editores de un blog de divulgación de temas económicos (ver ANEXO IX
VINCULOS LABORALES Y DE DIFUSIÓN ENTRE LÓPEZ Y TRUPKIN).
A esa vinculación de espacios laborales y de divulgación, suman su vinculación
al gobierno de Mauricio Macri. Ya se señaló que el doctor Andrés Flavio López
integra el grupo de intelectuales afines Cambiemos denominado “Consejo
Presidencial Argentina 2030” dependiente de la jefatura de Gabinete de la
Nación. Por su parte, Danilo Trupkin asume como funcionario del ministerio de
Trabajo bajo la gestión Triaca, en el verano de 2016. Vale destacar que su
ingreso al ministerio de trabajo se superpuso con su condición de becario
postdoctoral del CONICET, en clara incompatibilidad de ingresos con las
condiciones establecidas por el reglamento de becas del CONICET (art.13
RD3224/2011) siendo, tal vez, una de las causante de que el organismo le negara
el ingreso a la carrera de investigador en su reunión de directorio del 1 de
diciembre de 2016.
Señalo estos antecedentes dado que al 27 de enero de 2018, según el CV público de Trupkin (ver ANEXO X CV
DANILO TRUPKIN), el mismo se desempeña como profesor en tres asignaturas de dos
universidades, además de ostentar un cargo tiempo completo como director de
estudios macroeconómicos en el Ministerio de Trabajo. Un elemento a considerar
dada la situación de la FCE-UBA, donde aproximadamente la mitad de los docentes
al frente de un curso no ostentan renta, y una minoría de profesores “ñoquis”
perciben rentas pero se ausentan de la mayoría de las clases dejando en su
lugar a un ayudante precarizado. Un elemento a tener en cuenta ya que en su CV,
Danilo Trupkin no incluye al Crecimiento Económico dentro de sus áreas de
interés (ver ANEXO X CV DANILO TRUPKIN).
II.4 SÍNTESIS
La resolución del jurado
está basada en una descripción de antecedentes, resultado de la prueba oral y
entrevista que presenta adulteraciones y omisiones que sistemáticamente tienden
a disminuir mis méritos académicos, mientras incrementan artificialmente los de
Trupkin. Las adulteraciones y omisiones fueron demostradas a partir de la
información que consta en la SOLICITUD y su Actualización que conforman el
expediente del CONCURSO (Exp. n° 0038787/2015), información adicional
documentada en los anexos de la presente nota y el informe del veedor gremial (CUDAP:TRI-UBA:0063759/2018).
Un jurado donde ningún miembro es profesor de la asignatura que se
concursa, que fue previamente recusado sin ser escuchado en mis advertencias
sobre su falta de imparcialidad, con antecedentes de “arreglar” concursos en
perjuicio de docentes críticos para sustituirlos por alfiles de la gestión, con
la figura de Andrés López como el habitual instrumentador de dicha práctica en
la FCE-UBA, no pueden dejar lugar a dudas de que las omisiones y distorsiones
presentes en el dictamen son fruto de la necesidad de ficcionar elementos
académicos para fundamentar una decisión tomada por motivos ajenos a ese
ámbito.
Mis públicas posiciones políticas de oposición a la orientación
neoliberal del gobierno de Macri, al que Andrés López asesora a través de su
participación en el consejo presidencial 2030 dependiente de jefatura de
gabinete; y mis críticas públicas a la orientación de los contenidos de la
carrera de economía de la FCE-UBA donde Andrés López ejerce el cargo de Director
del Departamento Pedagógico de Economía; me llevan a señalar que los verdaderos
motivos del fallo del jurado en el CONCURSO es
deshacerse de un docente “molesto” por sus posiciones políticas e
ideológicas, para sustituirlo por un “amigo de la casa”. No casualmente el
docente favorecido por el jurado es un funcionario del Ministerio de Trabajo
que ingreso en la gestión Triaca que, a su vez, comparte espacios de trabajo y
de divulgación con Andrés López.
III.
CONCLUSIÓN Y PETITORIO
Por todo lo expuesto es que solicito al Consejo Directivo:
a) Se tenga por interpuesta la impugnación al dictamen emitido por el
jurado interviniente en el concurso para la provisión de un cargo de Profesor
Adjunto con dedicación parcial de carácter Regular, de la Materia CRECIMIENTO
ECONÓMICO,
b) Se haga lugar a la impugnación en mérito a los fundamentos expuestos,
c) Oportunamente, en vista de los defectos de forma, y la arbitrariedad
manifiesta del dictamen, se resuelva intervención de ese Consejo Directivo, en
los términos del Art. 40 del REGLAMENTO inc. a), inc. c) 2) o inc. c) 3,
ubicándome por ende en el primer lugar del orden de mérito, según sea el caso,
d) Se respeten mis derechos laborales incorporándome a la planta estable
docente de la FCE-UBA como Profesor Adjunto cumpliendo con lo establecido por
el artículo 73 del Convenio Colectivo para Docentes de las Instituciones
Universitarias Nacionales del 1 de julio de 2015.
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA